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¿Qué es SEPA?

SEPA (Single Euro Payments Area) es una zona en la que consumidores y empresas pueden realizar cobros y pagos, dentro y fuera de las fronteras nacionales, en las mismas condiciones básicas y con los mismos derechos y obligaciones, independientemente del lugar en que se encuentren.

Componen la SEPA los 27 Estados Miembros de la Unión Europea, junto con Islandia, Liechtenstein, Noruega, Suiza y Mónaco.

La SEPA supone, tras la adopción del euro como moneda única, un paso más en la integración económica y monetaria en Europa. Su objetivo es establecer instrumentos de pago con unos estándares comunes, eliminando las diferencias entre los pagos nacionales y los pagos transfronterizos.

El proyecto SEPA supone, por tanto, la creación de un auténtico mercado doméstico donde exista una única forma de realizar pagos de forma eficaz, segura, sencilla y transparente.

Los instrumentos de pago incluidos en la SEPA son:

  • Transferencias.
  • Adeudos directos.
  • Pagos con tarjeta.

A partir de febrero de 2014, será obligatoria la utilización de instrumentos de pago SEPA, sustituyendo a las transferencias y adeudos nacionales.

Enlaces y documentación

Documentación técnica

Transferencias

El esquema de transferencias SEPA (en vigor desde enero de 2008) facilita el envío de pagos de una forma simple y estandarizada dentro de su ámbito geográfico.

Las transferencias SEPA tienen las siguientes características:

  • Denominadas en euros.
  • Sin límite de importe.
  • No urgentes.
  • Con cláusula de gastos <Compartidos>.
  • Utilización del IBAN como identificador de cuenta.
  • Tiempo máximo de ejecución de un día.
  • 140 caracteres de información del pago, que se transmiten íntegramente del ordenante al beneficiario de la transferencia.
Comparativa transferencia doméstica vs transferencia SEPA
Transferencia SNCE Transferencia SEPA
Identificación cuenta CCC IBAN
Concepto del pago 72 caracteres 140 caracteres
Cláusula de gastos Compartidos Compartidos
Formatos C34 y C34.1 C34.14 / ISO 20022 transferencias y cheques en euros (AEB) / XML europeo

Adeudos directos

Se trata de un instrumento para realizar cobros mediante adeudo en la cuenta del deudor.

Las principales características de los adeudos SEPA son:

  • Denominados en euros.
  • Sin límite de importe.
  • Con cláusula de gastos <Compartidos>.
  • Utilización del IBAN como identificador de cuenta.
  • 140 caracteres de información, que viajan íntegramente del acreedor al deudor.

Existen dos esquemas de adeudos:

Básico o Core

En este esquema, el deudor puede ser un consumidor o una empresa. Existe la posibilidad de reembolso (devolución por parte del deudor) en el plazo de ocho semanas para operaciones autorizadas y de 13 meses para no autorizadas (aquéllas en las que no existe consentimiento por parte del deudor).

Comparativa recibo domiciliado vs adeudo SEPA Básico o Core
Recibo domiciliado Adeudo directo SEPA Core
Mandato Formato no estándar. No viaja información en el recibo Formato estándar. Sus datos viajan en el adeudo
Presentación Hasta D-1 Primer adeudo: hasta D-6, Siguientes: hasta D-3
Información 640 caracteres de información 140 caracteres de información
Reembolso Op. autorizadas: 8 semanas, Op. no autorizadas: 13 meses Op. autorizadas: 8 semanas, Op. no autorizadas: 13 meses
Identificación cuenta CCC IBAN
Formatos C. 19 C. 19.14 / XML ISO 20022 Core (AEB) / XML europeo

B2B

Este esquema opcional de adeudos entre empresas ofrece ciclos de presentación más cortos (hasta D-2 para todos los adeudos). En este esquema, el banco deudor debe recibir confirmación del deudor de que existe un mandato válido antes del primer adeudo en cuenta. No existe posibilidad de reembolso para operaciones autorizadas. El plazo de reembolso para operaciones no autorizadas es de 13 meses.

Es un instrumento opcional, no obligatorio para las entidades de crédito.

Comparativa anticipo de crédito vs adeudo SEPA B2B
Anticipo de crédito Adeudo directo SEPA B2B
Mandato Permite realizar cobros mediante domiciliación o presentarlos sin domiciliar, con datos del domicilio del deudor (Banco remite aviso para domiciliación) Formato estándar. Sus datos viajan en el adeudo. Requiere autorización por el deudor
Presentación Hasta D-5 Hasta D-2
Información 640 caracteres de información 140 caracteres de información
Reembolso Op. autorizadas: 8 semanas (en gestión de aceptación a partir del 5º día). Op. no autorizadas: 13 meses Op. autorizadas: No hay derecho a reembolso. Op. no autorizadas: 13 meses
Identificación cuenta CCC IBAN
Formatos C. 58 C. 19. 44 /XML ISO 20022 B2B (AEB) / XML europeo
Financiación Producto basado en la operatoria de recibos domiciliados pero que permite obtener financiación No

El Mandato

Es la referencia que asigna el acreedor a cada mandato para identificar los adeudos asociados a un mandato concreto. Permite identificar cada orden de domiciliación o mandato firmado por el deudor y debe ser única para cada mandato. .Consiste en un código alfanumérico de 35 posiciones.

Este código ha de transmitirse en cada operación afectada por SEPA.

Migración

IBAN

Tras la actualización a la versión 2.9.80.1 de SmartOffice, todas las cuentas bancarias propias como las de tercero serán actualizadas para la obtención automática del IBAN, siempre que se den las siguientes circunstancias:

  • Para los terceros nacionales el CCC esté perfectamente construido.
  • Para los terceros internacionales se haya indicado correctamente el código de país en la ficha del tercero.
  • Para los bancos propios el CCC esté perfectamente construido. Se asume que todas las cuentas han sido domiciliadas en territorio nacional. Si no fuera así, en la ficha del banco puede cambiarse el código de país.

De cualquier forma, tras la actualización, recomendamos a nuestros usuarios la revisión de los códigos IBAN calculados, tomando una muestra aleatoria, por ejemplo.

En este sentido, destacar que la Asociación Española de la Banca exige que “Como domicilio de pago, el acreedor deberá indicar el código IBAN de la cuenta del deudor así como el código BIC de la entidad donde mantiene la cuenta de cargo. En ningún caso deberá efectuar cálculo para completar el IBAN, debiendo recabarlo siempre del deudor de forma íntegra”

Cuaderno 19

A partir de octubre de 2013 se podrá realizar la generación del fichero según:

  • Norma 19. La actual.
  • Norma 19-14. Adaptada al SEPA.

A partir de febrero de 2014 sólo se podrá generar la segunda.

Durante el 2014 se añadirá la posibilidad de generar:

  • Norma XML ISO 20022 Core.

A partir de febrero de 2016 sólo estará disponible esta última, desapareciendo la 19-14.

Cuaderno 34

A partir de octubre de 2013 se podrá realizar la generación del fichero según:

  • Norma 34. La actual.
  • Norma 34-14. Adaptada al SEPA.

A partir de febrero de 2014 sólo se podrá generar la segunda.

Durante el 2014 se añadirá la posibilidad de generar:

  • Norma XML ISO 20022 para transferencias.

A partir de febrero de 2016 sólo estará disponible esta última, desapareciendo la 34-14.

Cuaderno 58

Se podrá seguir utilizando hasta el 31 de enero de 2016.

De ahí en adelante, dejará de utilizarse, sin que exista un instrumento sustitutivo.

Cuaderno 32

Se podrá seguir utilizando hasta el 31 de enero de 2016.

De ahí en adelante, dejará de utilizarse, sin que exista un instrumento sustitutivo.

El adeudo directo B2B

Es un nuevo instrumento, por lo que no procede realizar más comentario a efectos de migración.

El Mandato

Las órdenes de domiciliación vigentes para el cobro de adeudos domiciliados en el sistema tradicional antes del 1 de febrero de 2014 seguirán siendo válidas para emitir adeudos directos SEPA únicamente en el instrumento básico, por lo que no es necesario recabar nuevos consentimientos ni modificar los existentes.

Para la emisión de adeudos directos SEPA que no se hayan tramitado con anterioridad en el sistema tradicional, será preciso recabar nuevos mandatos basándose en las reglas de los instrumentos de adeudo directo SEPA, ya sea Básico o B2B.

Para facilitar la gestión de estas autorizaciones, la gestión documental propia de SmartOffice contará con un nuevo tipo de de documento con el código SMA$MDTO.

Información técnica

Identificación del acreedor

  • Código del país. De 2 posiciones.
    • Posiciones 1 y 2.
  • Dígitos de control. 2 posiciones. Sistema análogo utilizado para el cálculo del IBAN.
    • Posiciones 3 y 4.
    • Se calcula sobre el código de país y el dni.
    • Excluir las posiciones 5 a 7 de esta referencia.
    • Entre las posiciones 8 y 35, eliminar espacios y caracteres no alfanuméricos.
    • Añadir el código ISO del país y dos ceros.
    • Convertir las letras en dígitos: A=10…Z=35.
    • Calcular el MOD 97-10.
  • Sufijo asignado a la cuenta por el banco. 3 posiciones.
    • Posiciones 5 a 7.
  • Identificador de cada país. En España, el CIF/NIF.
    • Posiciones 8 a 35.
usu/docs/guia_de_actualizacion_al_sepa.txt · Última modificación: 2015/10/28 12:33 por stefan

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