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usu:conta:16-2-3:definicion_y_contenido_de_las_cuentas_de_inmovilizado_material

Definición y contenido de las cuentas de inmovilizado material

210 - Terrenos y bienes naturales

Solares de naturaleza urbana, fincas rústicas, otros terrenos no urbanos, minas y canteras. Se incluirán en su precio de adquisición los gastos de acondicionamiento, como cierres, movimiento de tierras, obras de saneamiento y drenaje, los de derribo de construcciones cuando sea necesario para poder efectuar obras de nueva planta, los gastos de inspección y levantamiento de planos cuando se efectúen con carácter previo a su adquisición, así como, en su caso, la estimación inicial del valor actual de las obligaciones presentes derivadas de los costes de rehabilitación del solar. Normalmente, los terrenos tienen una vida ilimitada y, por tanto, no se amortizan.

211 - Construcciones

Edificaciones en general, cualquiera que sea su destino dentro de la actividad productiva de la empresa.

Su precio de adquisición o coste de producción estará formado, además de por todas aquellas instalaciones y elementos que tengan carácter de permanencia, por las tasas inherentes a la construcción y los honorarios facultativos de proyecto y dirección de obra. Deberá valorarse por separado el valor del terreno y el de los edificios y otras construcciones.

212 - Instalaciones técnicas

Unidades complejas, de uso especializado en el proceso productivo, que comprenden: edificaciones, maquinaria, material, piezas o elementos, incluidos los sistemas informáticos que, aun siendo separables por naturaleza, están ligados de forma definitiva para su funcionamiento y sometidos al mismo ritmo de amortización; se incluirán, asimismo, los repuestos o recambios válidos exclusivamente para este tipo de instalaciones.

Para que las piezas de recambio hayan de considerarse como parte del inmovilizado material es preciso que su período de almacenamiento sea superior a un año pues, en caso contrario, habrían de considerarse existencias (322 - Repuestos).

213 - Maquinaria

Conjunto de máquinas mediante las cuales se realiza la extracción o elaboración de los productos. En esta cuenta figurarán todos aquellos elementos de transporte interno que se destinen al traslado de personal, animales, materiales y mercaderías dentro de factorías, talleres, etc., sin salir al exterior.

214 - Utillaje

Conjunto de utensilios o herramientas que se pueden utilizar autónomamente o conjuntamente con la maquinaria, incluidos los moldes y plantillas.

Para amortizar el gasto o deterioro de estos elementos, tendremos estas opciones:

  • Los utensilios o herramientas incorporados a elementos mecánicos se someterán a las normas valorativas y de amortización aplicables a dichos elementos.
  • Si no forman parte de la maquinaria:
    • Si el período de utilización no es superior a un año, deberán contabilizarse como gasto, en cualquiera de las siguientes cuentas:
      • 659 - Otras pérdidas de gestión corriente.
      • 622 - Reparaciones y conservación.
      • 602 - Compras de otros aprovisionamientos.
    • Si es superior a un año, deberán cargarse a la cuenta del inmovilizado que estamos comentando (Utillaje), pero anualmente se hará un recuento físico y las bajas por desaparición o demérito se cargarán a la cuenta 659 - Otras pérdidas de gestión corriente.

215 - Otras instalaciones

Conjunto de elementos ligados de forma definitiva para su funcionamiento y sometidos al mismo ritmo de amortización, distintos de los señalados en la cuenta 212; incluirá, asimismo, los repuestos o recambios válidos exclusivamente para este tipo de instalaciones.

216 - Mobiliario

Mobiliario, material y equipos de oficina, con excepción de los que deben figurar en la cuenta 217.

Entonces, los elementos de oficina podrán registrase según las siguientes tres naturalezas:

  1. Inmovilizado. Cuenta 216-Mobiliario.
  2. Existencias. Cuenta 328-Material de oficina.
  3. Gasto del ejercicio. Cuenta 629-Otros servicios.

217 - Equipos para procesos de información

Ordenadores y demás conjuntos electrónicos.

218 - Elementos de transporte

Vehículos de todas clases, utilizables para el transporte terrestre, marítimo o aéreo de personas, animales, materiales o mercaderías, excepto los que se deban registrar en la cuenta 213 (los de transporte interno).

219 - Otro inmovilizado material

Cualesquiera otras inmovilizaciones materiales no incluidas en las demás cuentas del subgrupo 21. Se incluirán en esta cuenta los envases y embalajes que por sus características deban considerarse como inmovilizado, y los repuestos para inmovilizado cuyo ciclo de almacenamiento sea superior a un año.

usu/conta/16-2-3/definicion_y_contenido_de_las_cuentas_de_inmovilizado_material.txt · Última modificación: 2013/07/05 16:12 por 127.0.0.1

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