===== Concepto de amortización ===== El plan contable define así la amortización: Expresión de la depreciación sistemática anual efectiva sufrida por el inmovilizado intangible y material, por su aplicación al proceso productivo, y por las inversiones inmobiliarias. La Ley del Impuesto sobre Sociedades: Serán deducibles las cantidades que, en concepto de amortización del inmovilizado material, intangible y de las inversiones inmobiliarias, correspondan a la depreciación efectiva que sufran los distintos elementos por su funcionamiento, uso, disfrute u obsolescencia. Por otro lado, la norma 2ª de registro y valoración define así las amortizaciones: Las amortizaciones habrán de establecerse de manera sistemática y racional en función de la vida útil de los bienes y de su valor residual, atendiendo a la depreciación que normalmente sufran por su funcionamiento, uso y disfrute, sin perjuicio de considerar también la obsolescencia técnica o económica que pudiera afectarlos. ==== La "depreciación" como causa de las amortizaciones ===== La depreciación puede obedecer a varias causas: - por deterioro físico al transcurrir el tiempo - por depreciación funcional, según el uso más o menos intenso del elemento - por depreciación económica u obsolescencia, debido a la evolución técnica - por deterioro extraordinario debido a siniestros, inundaciones, incendios, ... Queda descartada del concepto de amortización la última causa. ==== La "efectividad" como requisito fiscal de las amortizaciones ==== Se considerará que la depreciación es efectiva, es decir, fiscalmente asumible, cuando: - Sea el resultado de aplicar los coeficientes de amortización lineal establecidos en las tablas de amortización oficialmente aprobadas. - Sea el resultado de aplicar un porcentaje constante sobre el valor pendiente de amortización. - Sea el resultado de aplicar el método de los números dígitos. - Se ajuste a un plan formulado por el sujeto pasivo y aceptado por la Administración Tributaria. - Cuando el sujeto pasivo justifique su importe. === requisito 1 === Las tablas, aprobadas reglamentariamente, están publicadas en el anexo del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades. [[http://www.boe.es/boe/dias/2004/08/06/pdfs/A28377-28429.pdf]] === requisitos 2 y 3 === Se trata de métodos de amortización degresiva, en los que las cuotas de amortización fiscalmente deducibles son mayores en los primeros años que en los siguientes. === requisito 4 === Cuando los elementos inmovilizados que estén sometidos a una depreciación técnica o económica superior a la permitida por el período mínimo de las tablas, se podrá solicitar de la Administración Tributaria un plan de amortización distinto. === requisito 5 === Otros métodos admitidos por la Ley: * La amortización libre, es decir, la posibilidad de deducir en la base imponible hasta el 100% del coste en el primer año. * La amortización acelerada, es decir, la posibilidad de deducir fiscalmente un importe superior al admitido según tablas. * La amortización de los inmovilizados intangibles de vida útil indefinida, hasta un límite anual máximo de la décima parte de su importe. * La amortización de los inmovilizados utilizados diariamente en más de un turno de trabajo. * La amortización de inmovilizados que se adquieren usados.