===== Las inversiones realizadas en un local arrendado ===== En los acuerdo que, de conformidad con la norma relativa a arrendamientos y otros operaciones de naturaleza similar, deban calificarse como arrendamientos operativos, las inversiones realizadas por el arrendatario que no sean separables del activo arrendado o cedido en uso, se contabilizarán como inmovilizados materiales cuando cumplan la definición de [[usu:conta:marco_conceptual#activo]]. La amortización de estas inversiones se realizará en función de su vida útil, que será la duración del contrato de arrendamiento o cesión -- incluido el período de renovación cuando existan evidencias que soporten que la misma se va a producir --, cuando ésta sea inferior a la vida económica del activo. La instalación eléctrica, calefacción y aire acondicionado, normalmente cumplen las condiciones para que tales inversiones se deban contabilizar como inmovilizados materiales. Las cuentas en las que se registrarán serán generalmente la cuenta 215 (Otras instalaciones) o la cuenta 219 (Otro inmovilizado material).