====== Vista general ====== ===== Enlaces ===== * [[https://www.empresasdeasturias.org/es/la-facturacion-electronica-y-verifactu.html|FADE: La facturación electrónica y Verifactu]] ---- ====== Ley Antifraude y reglamento VERI*FACTU ====== * Encadenamiento de facturas. * Código QR. * Envío "voluntario" de facturas a hacienda. ===== Nomenclatura ===== * SIF: Sistemas informáticos de información. * RRSIF: Reglamento que regula los requisitos de los Sistemas Informáticos de Facturación (Real Decreto 1007/2023, Reglamento VERI*FACTU). * LGT: Ley General Tributaria (Ley 58/2003). * ROF: Reglamento de Obligaciones de Facturación (Real Decreto 1619/2012). * OM: Orden Ministral. * OEF: Obligados a emitir facturas. ===== Enlaces ===== * [[https://www.boe.es/eli/es/l/2021/07/09/11|BOE (Ley Antifraude): Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en materia de regulación del juego.]] * [[https://www.boe.es/eli/es/rd/2023/12/05/1007|BOE (Reglamento Verifactu): Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación.]] * [[https://www.hacienda.gob.es/SGT/NormativaDoctrina/proyectos/04012024-proyecto-om-rd-1007-2023.pdf|PROYECTO (documento en desarrollo): Orden Ministerial de Hacienda para el desarrollo técnico]] * [[https://www.hacienda.gob.es/SGT/NormativaDoctrina/proyectos/04012024-main-proyecto-om-rd-1007-2023.pdf|Memoria abreviada del documento anterior]] * [[https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/normativa-criterios-interpretativos/analisis/2024/febrero/28/desarrollo-tecnico-real-decreto-que-verifactu.html|AEAT ANÁLISIS: Desarrollo técnico del Real Decreto que regula el reglamento "Verifactu"]] * [[https://www.boe.es/eli/es/rd/2012/11/30/1619/con|BOE Modificación Art. 6.5: Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.]] * Artículo: [[https://epampliega.com/blog/index.php/2024/08/17/la-facturacion-electronica-y-las-sombras-fiscales-que-vienen-desentranando-la-nueva-normativa-espanola]] * Documentación VERIFACTU: [[https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/iva/sistemas-informaticos-facturacion-verifactu.html]] * Documentación SII: [[https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/iva/suministro-inmediato-informacion.html]] * [[https://www.boe.es/eli/es/o/2024/10/17/hac1177|BOE (especificaciones técnicas): Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre, por la que se desarrollan las especificaciones técnicas, funcionales y de contenido referidas en el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación, aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre; y en el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.]] En los enlaces al BOE suele haber un enlace para acceder una versión consolidada, que incluye los últimos cambios sobre el reglamento original. ===== Entrada en vigor ===== * 01/01/2026 ===== Entidades sometidas a la ley y al reglamento ===== Todas las empresas, a excepción de las que de forma obligatoria u opcional estén adscritas al régimen del SII. ===== Descripción del entorno ===== Se plantean tres escenarios: - La empresa utiliza SII por mandato legal o de forma voluntaria, con lo que está excluida del nuevo sistema - La empresa implementa VERI*FACTU de forma voluntaria - La empresa declina esta opción - La empresa no emplea un programa de facturación específico. Así pues, las empresas incluidas en los supuestos 2 ó 3, deberán adquirir SmartEnvoice, cuyo propósito es, a grandes rasgos: - Incluir en la impresión de factura un código QR - Añadir a cada factura una huella digital HASH - Actualizar la fecha de emisión de las facturas con la fecha de realización del proceso de incorporación a SmartEnvoice - Si se opta por VERI*FACTU - Añadir la leyenda "factura verificable VERI*FACTU" en la impresión de la factura - Comunicar inmediatamente los datos de las facturas a la aet. - Si no se opta por VERI*FACTU - Firmar digitalmente las facturas - Archivar las factura en el propio sistema - Comunicar la facturas archivadas a petición de la aet. - Llevar a cabo un control de auditoría sobre el archivo de facturas Una vez SmartEnvoce haya procesado las facturas, éstas ya se podrán enviar al cliente de la forma habitual. Cabe mencionar que para los tres escenarios es absolutamente imprescindible que el usuario que se ocupe del asunto tenga instalado en su sistema un certificado digital. Por otro lado, tanto para lanzar el proceso de facturación como el de envío o impresión de facturas, no se requiere de ningún certificado y pueden realizarse por cualquier usuario distinto al que realiza las gestiones con SmartEnvocie o con SmartSII. ==== Consejo ===== == Primera opción == Implantar SII de forma voluntaria para quien no tuviera obligación, dado que, en este caso, no se exige la liquidación mensual de tributos. Además, tiene la ventaja de que, incluso para el año de entrada en el SII, no se exige la declaración 347 ni 390. El único inconveniente es que hay que comunicar las facturas recibidas por lo menos una vez al mes. == Segunda opción == Optar por aplicar VERI*FACTU, pues no sería preciso firmar las facturas y archivarlas en una repositorio dentro de la misma empresa con un estricto control de auditoría. == Última opción == No aplicar VERI*FACTU. Esta opción sólo es aconsejable para empresas que no dispongan de un acceso a internet de cierta calidad. ==== Precios ===== - Suscripción anual SmartEnvoice: 1868,00 - Suscripción anual SmartSII: 1056,00 Estos precios son finales y "llave en mano". Incluyen instalación, configuración, formación, puesta en marcha, licencia de uso y soporte ilimitado para el período de la suscripción. Para ambas suscripciones, el precio se rebajará en un 20% para el segundo año, manteniéndose este último constante de forma indefinida para años sucesivos. ---- ====== Ley Crea y Crece ====== * Facturas electrónicas. * Plataforma unificada. * Aceptación o no de facturas en un periodo corto. ===== Enlaces ===== * [[https://www.boe.es/eli/es/l/2022/09/28/18|BOE: Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas.]] * [[https://portal.mineco.gob.es/RecursosArticulo/mineco/ministerio/participacion_publica/audiencia/ficheros/ECO_Pol_AP_20230619_RD_factura_electronica.pdf|BORRADOR DEL PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE DESARROLLA LA LEY 18/2022, DE 28 DE SEPTIEMBRE, DE CREACIÓN Y CRECIMIENTO DE EMPRESAS EN LO REFERIDO A LA FACTURA ELECTRÓNICA ENTRE EMPRESAS Y PROFESIONALES.]] ===== Entrada en vigor ===== La fecha depende de la publicación del reglamento correspondiente en el BOE, que aún no ha sucedido: * Facturación > 8 Mio.: 1 año después. * Facturación < 8 Mio.: 2 años después. * Autónomos: 3 años después. ===== Entidades sometidas a la ley ===== Todas las empresas con transacciones con otras empresas (B2B).